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Guía sobre los observadores electorales y los representantes autorizados

Fecha: 5 de octubre de 2022
Versión: 2.1


1 ANTECEDENTES

Esta guía aborda la función de los observadores electorales en los lugares de votación y la función de los representantes autorizados en el pre-escrutinio y el escrutinio de las papeletas.


2 CUALIFICACIONES DE LOS OBSERVADORES ELECTORALES

Quién puede ser un observador electoral

Un observador electoral debe:

  • ser un elector inscrito calificado del condado donde se encuentra el distrito electoral (lugar de votación) para el cual se designa al observador. 
  • estar identificado y debe recibir las credenciales oficiales del condado por adelantado; y 
  • ser asignado a recintos específicos. 

Dónde una persona puede actuar como observador electoral

Cuando un observador electoral no brinda servicios en el distrito electoral para el cual fue designado, puede hacerlo en cualquier otro distrito electoral en el mismo condado en donde el observador electoral es un elector inscrito calificado.

Cómo una persona se convierte en observador electoral

  • Cada observador electoral debe obtener un certificado de la Junta Electoral del Condado, que indica el nombre del observador electoral y el nombre del candidato, partido u organismo político que representa. 
  • Los observadores electorales deben mostrar sus certificados a la junta electoral local cuando se les solicite.
  • Si un observador electoral pierde su certificado o si el certificado se destruye, el observador electoral puede comparecer ante el Tribunal de Primera Instancia el día de las elecciones y, después de prestar juramento o afirmación, puede recibir inmediatamente un certificado de observador de reemplazo emitido por el Tribunal. 


3 OBSERVADORES ELECTORALES EN EL LUGAR DE VOTACIÓN

Quién puede estar en el lugar de votación

Hay límites en la cantidad de observadores electorales que pueden servir en cada distrito electoral/centro de votación:

  • Cada candidato puede designar dos observadores electorales para cada distrito electoral en donde el candidato aparezca en la papeleta.
    • Sin embargo, solo un observador electoral puede estar presente en el lugar de votación a la vez para cada candidato.
  • Cada partido y cuerpo políticos que hayan nominado candidatos en la papeleta electoral podrán designar tres observadores electorales para cada distrito electoral en cualquier elección general, municipal o especial en la que los candidatos de dicho partido u organismo estén en la papeleta electoral.
    • Sin embargo, sólo un observador electoral puede estar presente en el lugar de votación a la vez por cada partido u organismo político.

Dónde pueden estar los observadores electorales dentro del lugar de votación

  • Los observadores electorales deben permanecer fuera del espacio cerrado del lugar de votación.
  • Los observadores electorales pueden estar en el lugar de votación desde el momento en que los oficiales electorales se reúnen antes de la apertura de las urnas hasta el momento en que se completa el conteo de votos.
  • Se puede permitir que los observadores electorales inspeccionen la lista de control de votación y las listas numeradas de votantes, pero solo cuando los votantes no estén presentes en el lugar de votación, ya sea votando o esperando para votar. El Juez de Elecciones permitirá que los observadores electorales inspeccionen la lista de control de votación y cualquiera de las listas numeradas de votantes mantenidas por la Junta Electoral del Condado. El Juez de Elecciones supervisará o delegará la supervisión a otros trabajadores electorales sobre la inspección de estos documentos por parte de un observador electoral.


Qué PUEDEN hacer los observadores en el lugar de votación

Los observadores electorales pueden:

  • mantener una lista de votantes
  • inspeccionar una lista numerada de votantes y una lista de control de votación, pero solo cuando no haya votantes en el lugar de votación y bajo la supervisión de un trabajador electoral
  • cuestionar de buena fe la identidad de un elector; o su residencia continua en el distrito electoral
  • presentar impugnaciones permitidas directamente ante el Juez de Elecciones


Qué los observadores NO PUEDEN hacer en el lugar de votación 

Los observadores electorales no pueden:

  • impugnar la identidad de un elector, su residencia continua en el distrito electoral o sus calificaciones como votante elegible en función de su raza, origen nacional, apariencia, apellido, idioma, religión u otra característica que no sea relevante para las calificaciones para votar
  • participar en campañas electorales dentro del lugar de votación o dentro de 10 pies de la entrada del lugar de votación. Aunque los observadores son representantes de candidatos o partidos y organismos políticos, no tienen derecho a hacer campaña en nombre de su candidato, partido u organismo políticos mientras se encuentran dentro del lugar de votación. La campaña electoral incluye la solicitud de votos, la publicación o exhibición de materiales de campaña escritos o impresos, y la entrega de folletos u otra parafernalia de campaña para involucrar, intentar influir o intimidar a los votantes o
  • participar en la intimidación de los votantes. La intimidación de votantes y la conducta amenazante son ilegales según las leyes federales y de Pennsylvania. Cualquier actividad por parte de un observador electoral que amenace, acose o intimide a los votantes, incluida cualquier actividad que pretenda o tenga el efecto de interferir con el derecho al voto de cualquier votante, ya sea que ocurra fuera o dentro del lugar de votación, es ilegal.

Ejemplos de intimidación de votantes incluyen, pero no se limitan a: 

  • Fotografiar o grabar en video a los votantes
  • Difundir información electoral falsa o engañosa a los votantes
  • Bloquear la entrada a un lugar de votación
  • Confrontar, rondar o hablar directamente o cuestionar a los votantes
  • Participar en un comportamiento amenazante
  • Pedir documentación a los votantes 

Los observadores electorales tampoco pueden:

  • marcar o alterar ningún registro electoral oficial
  • revisar o acceder al contenido de las urnas y otros registros electorales, excepto aquellos registros descritos en la sección titulada 'Qué PUEDEN hacer los observadores electorales en el lugar de votación'  
  • de otra manera interferir o afectar el proceso ordenado de votación.


Qué deben hacer los observadores electorales

  • seguir las instrucciones del condado y del observador electoral con respecto a los protocolos de salud y seguridad en el lugar de votación;
  • permanecer en el lugar de votación después de que se complete la votación, pero solo fuera del espacio cerrado donde se cuentan las papeletas y se revisan las máquinas de votación.

Aunque el Juez de Elecciones en el lugar de votación no puede disuadir o interferir con un observador debidamente designado que esté ejerciendo sus privilegios como observador, el Juez de Elecciones está obligado a remover a un observador que participe en actividades que están prohibidas, que incluyen las mencionadas en esta sección. 

El Juez de Elecciones tiene el deber de mantener el orden y garantizar que se sigan las reglas en el lugar de votación. Un juez de elecciones puede llamar a un policía judicial, policía judicial alguacil adjunto, oficial de policía u otro oficial del orden público para ayudar a mantener el orden. 

Impugnación de parte de los observadores electorales

El observador electoral puede presentar objeciones a las calificaciones de un votante para votar bajo los siguientes parámetros:

  • Las objeciones deben hacerse basadas en buena fe.
  • Las objeciones a las calificaciones de un votante deben presentarse directamente ante el Juez de Elecciones.
  • Los observadores electorales no pueden interferir con el votante. Los observadores electorales no pueden acercarse a los votantes en el lugar de votación.
  • Las impugnaciones no pueden basarse en la raza, el origen nacional, la apariencia, el apellido, el idioma, la religión u otra característica que no sea relevante para las calificaciones para votar.


El deber del Juez de Elecciones de abordar las impugnaciones

  • El Juez de Elecciones tiene la obligación de determinar si la impugnación se basa en pruebas reales y si existe una base de buena fe para creer que la persona no sea un elector calificado o puede que no sea un elector calificado.
  • La raza, el origen étnico, el origen nacional, el idioma y la religión de una persona que se presenta a votar no son bases suficientes para presentar una impugnación.  Los desafíos discriminatorios que interfieren con el libre ejercicio de acciones con derechos políticos son ilegales según la ley de Pennsylvania. 
  • El Juez de Elecciones no debe permitir impugnaciones rutinarias o frívolas que no estén respaldadas por una base declarada de buena fe y evidencia de que una persona es elegible o no.
  • El Juez de Elecciones no puede afirmar una impugnación o negarle una papeleta a un votante a menos que los funcionarios electorales del precinto (Juez de Elecciones, Inspectores de la Mayoría y la Minoría) estén convencidos de que el impugnador ha probado la inelegibilidad del votante con fundamentos adecuados y con pruebas suficientes.  Los funcionarios electos del precinto tienen la responsabilidad de determinar las calificaciones de la persona que se presenta a votar.  En caso de desacuerdo, el Juez de Elecciones decide.


4 REPRESENTANTES AUTORIZADOS EN EL PRE-ESCRUTINIO Y EN EL ESCRUTINIO

Los partidos y candidatos pueden designar representantes autorizados para observar las reuniones previas al escrutinio y el escrutinio donde se cuentan y registran las papeletas de voto por correo y las papeletas de voto en ausencia.

Quién puede servir como representante autorizado

  • Un representante autorizado no necesita ser un elector calificado en el condado.
  • Una persona que se desempeñó como observador electoral puede actuar como representante autorizado si un partido o candidato también designan a esa persona como representante autorizado para las reuniones previas al escrutinio o de escrutinio.

Cuántos representantes autorizados están permitidos

  • un representante de cada candidato
  • un representante por cada partido político

Dónde están permitidos los representantes autorizados

Los representantes autorizados pueden estar presentes para

  • la reunión previa al escrutinio
  • reuniones de escrutinio
  • reuniones en las que la junta electoral del condado toma decisiones con respecto a las papeletas provisionales.


Qué pueden hacer los representantes autorizados

  • Observar la apertura de los sobres que contienen las papeletas oficiales en ausencia y las papeletas oficiales por correo en la reunión previa al escrutinio
  • Observar el conteo y registro de papeletas de voto en ausencia y papeletas de voto por correo en la reunión de escrutinio
  • Observar las determinaciones con relación a las papeletas provisionales
  • Impugnar una solicitud de voto en ausencia o una solicitud de voto por correo antes de las 5:00 p. m. del viernes anterior a una elección, pero solo basado en buena fe de que el solicitante no es un elector calificado

Qué no pueden hacer los representantes autorizados

  • Participar, intentar intimidar o interferir con el pre-escrutinio o el escrutinio de las papeletas de voto en ausencia y las papeletas de voto por correo.
  • Divulgar los resultados de cualquier parte de la reunión previa al escrutinio antes del cierre de las urnas el Día de las Elecciones. Es una violación de la ley de Pennsylvania que las personas que observen, asistan o participen en la reunión previa al escrutinio divulguen el resultado de cualquier parte del pre-escrutinio antes del cierre de las urnas el Día de las Elecciones.
  • Impugnar las papeletas de voto por correo o las papeletas de voto en ausencia en función del análisis de firmas
  • Interferir, obstaculizar o demorar ilegalmente una junta electoral de distrito o la Junta Electoral del Condado en el desempeño de sus funciones. Igualmente, es una violación de la ley de Pennsylvania interrumpir o interferir indebidamente con cualquier funcionario electoral en el desempeño de sus funciones.


Impugnaciones por representantes autorizados

  • Los representantes autorizados (que incluyen a los observadores electorales que han sido designados por un candidato o partido político para actuar como representantes autorizados durante el pre-escrutinio o el escrutinio) no pueden impugnar una papeleta de voto por correo o una papeleta de voto en ausencia durante el pre-escrutinio o el escrutinio de las papeletas.
  • Las solicitudes de voto en ausencia y las solicitudes de voto por correo solo se pueden impugnar antes de las 5:00 p. m. del viernes anterior a la elección, y solo por motivos de buena fe de que el solicitante no era un elector calificado.  No se permiten otras impugnaciones.
  • No se permiten en ningún momento las impugnaciones a las papeletas de voto por correo o a las papeletas de voto en ausencia, basadas en el análisis de la firma.

Los representantes autorizados deben seguir las instrucciones del condado y del estado con respecto a los protocolos de salud y seguridad en las instalaciones.    

Los funcionarios electorales del condado notificarán al candidato, partido u organismo político al que representa el representante si se le pide a la persona que abandone una reunión de pre-escrutinio o de escrutinio por participar en actividades prohibidas. El candidato, partido o cuerpo político tendrá la oportunidad de reemplazar al representante destituido.


5 OFICINAS ELECTORALES DEL CONDADO, OFICINAS SATÉLITE Y LUGARES PARA LA DEVOLUCIÓN DE PAPELETAS

Los observadores electorales y los representantes autorizados no tienen derecho legal de observar o estar presentes en las oficinas electorales del condado, las oficinas satélite o los lugares designados para la devolución de papeletas, excepto para votar con su propia papeleta o para realizar tareas personales expresamente permitidas por el Código Electoral.   


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